La Consejería de Educación ha dado instrucción a los institutos de la Región de Murcia de que ortoguen las matrículas de honor sin contar la nota de la asignatura de Religión, tal y como recogía la medida cautelar aplicada por la Justicia.
Los alumnos que han hecho la PAU y tenían expedíente brillante estaban a la espera de que les dieran las matrículas de honor de Bachillerato que les exime de pagar las tasas de matrícula universitaria. Este viernes, Eduación ha mandado una circular a los IES para que pongan en marcha la concesión de estas dsitinciones.
Educación suspendió la concesión de matrículas de honor en ESO y Bachillerato el 16 de mayo después de que el TSJ de la Región de Murcia suspendiera cautelarmente el pasado mes de noviembre parte de la Orden de Evaluación de la Consejería, en la que se indicaba que la asignatura de Religión puntuaba a la hora de calcular la matrícula de honor.
No obstante, días después, tras la polémica generada y ante la denuncia presentada por el sindicato de educación STERM, la Consejería aseguró que otorgaría dichas distinciones antes de que se abra el periodo de matriculación de la universidad.
Educación solicitó levantar esa suspensión cautelar, petición que ha denegado el TSJ, que aún no ha dictado sentencia sobre el asunto. La Consejería ya avisó de que si para estas fechas, en las que los estudiantes ya han obtenido la nota de la fase ordinaria de la PAU, no había una sentencia al respecto, las matrículas de honor se concederán sin tener en cuenta la nota de la asignatura de Religión, ya que esa medida está suspendida.
“Para garantizar que los alumnos que han demostrado un rendimiento académico excelente durante el presente curso 2024/2025 puedan disfrutar, antes de que empiece el próximo curso, del derecho a la gratuidad de los derechos de matrícula por servicios académicos en la primera matrícula, se ha resuelto proceder al otorgamiento provisional de las mismas“, explican desde la Consejería en el escrito enviado a los centros.
Así, sin conocer aún el resultado del recurso pendiente ni la legalidad de los preceptos suspendidos de la Orden de 4 de julio de 2024, pero en línea con el criterio que resulta de los Autos suspensivos del TSJ, la Comunidad ha acordado que los centros docentes puedan otorgar la distinción en las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato a aquellos alumnos que, habiendo superado todas las materias en la evaluación ordinaria, hayan obtenido como nota media normalizada de la etapa una calificación igual o superior a 9.
Una vez finalizado el procedimiento judicial y en función del sentido del fallo que en el mismo se dicte, esta Administración educativa promoverá cuantos procedimientos administrativos sean necesarios para ajustar los actos de otorgamiento al contenido de la sentencia.
El número máximo de matrículas de honor que podrá otorgar un centro educativo se limitará a una por cada diez alumnos matriculados en el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, y a una por cada diez alumnos matriculados en segundo curso de Bachillerato.