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La Corte Suprema revisa si te pueden negar la 'green card' por tener tatuajes

Autor: Univision

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia revisan el caso de un inmigrante casado con una ciudadana estadounidense a quien, durante un trámite consular, le negaron una visa de inmigrante aparentemente por sus tatuajes y no pudo ingresar a Estados Unidos.

Se trata del caso del salvadoreño Luis Asencio Cordero, de 46 años, quien, junto a su esposa, la abogada Sandra Muñoz, llevan nueve años librando una larga batalla judicial para revertir una resolución administrativa el Departamento de Estado (DOS).

El matrimonio se encuentra separado desde 2015 cuando en el Consulado de Estados Unidos de San Salvador, El Salvador, un funcionario diplomático negó a Asencio la petición de una visa de inmigrante solicitada por su esposa a través de un formulario I-130, que permite obtener la residencia legal permanente (green card) y luego la ciudadanía por naturalización por tratarse de un cónyuge de ciudadano estadounidense.

La pareja y la familia pensaron que el proceso consular, la última etapa del ajuste de estatus, demoraría unos cuantos días y retornaría a Los Ángeles, California, con una visa de inmigrante y la residencia permanente. Pero las cosas no resultaron como esperaban.

Cabe señalar que las decisiones tomadas por los oficiales consulares estadounidenses son discrecionales y no tienen obligación de comunicarlas. Muñoz atribuye la negativa del trámite a los tatuajes de su esposo.

En enero la Corte Suprema decidió revisar el caso y, la semana pasada, se celebró una audiencia donde los abogados de las partes en la disputa judicial entregaron sus argumentos. Se espera que el máximo tribunal de justicia emita un fallo a finales de año.

Detalles del caso Asencio Cordero

El caso Asencio-Cordero se conoció luego de una demanda entablada por la esposa de Asencio Cordero en enero de 2017 en contra de la decisión del DOS porque un oficial consular, aparentemente, le negó la visa por sus tatuajes.

Muñoz ha vivido en Los Ángeles toda su vida y Asencio-Cordero, originario de El Salvador, vivió en Estados Unidos desde 2005 hasta 2015. El sitio Think Immigration explica que en 2010 la pareja contrajo matrimonio. Y que Luis también tiene una hija ciudadana estadounidense y carece de antecedentes penales.

Los abogados del Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes (NIJC), Eric Lee de Diamante Law Group y Erwin Chemerinsky, de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en Berkeley, son co-abogados en el caso Departamento de Estado contra Muñoz para defender el derecho de los ciudadanos estadounidenses a conocer el motivo de la denegación de visas de sus cónyuges para que tengan una oportunidad justa de impugnar esas decisiones.

El gobierno argumentó la semana pasada durante la audiencia ante la Corte Suprema “que el Poder Ejecutivo tiene el poder de excluir a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses sin dar una razón”, dijo Eric Lee de Diamante Law Group, quien argumentó el caso. “Me alentó escuchar a los jueces presionar al gobierno por sus argumentos más extremos. Esperamos una decisión a finales de este año”.

Un reporte del National Immigrant Justice Center (NIJC) señala que la pareja ha pasado años impugnando la denegación en un tribunal federal, y se enteró mucho después de que la decisión sobre la visa fuera definitiva, y sólo a través de un litigio, que el DOS negó la visa basándose en acusaciones falsas y sin fundamento de que Asencio-Cordero era miembro de una pandilla.

El informe agrega que, el DOS “nunca ha proporcionado ninguna base para la determinación, aparte de una vaga referencia a antecedentes penales que el Sr. Asencio-Cordero en realidad no tiene, tatuajes que no indican vínculos con pandillas y otros factores no revelados que, según el gobierno, fueron revelados en su entrevista” (consular en 2015).

La primera apelación

Tras negarles la visa, el matrimonio apeló la decisión y el 5 de octubre de 2022 un panel de jueces de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito reconoció los derechos de los ciudadanos estadounidenses que piden visa para familiares inmediatos.

En la sentencia, el tribunal dictaminó (caso Sandra Muñoz v. Departamento de Estado n.21-55365), que los ciudadanos estadounidenses cónyuges de solicitantes de visa “tienen derecho al debido proceso” y se les debe dar una razón fáctica por la cual el gobierno “negó la visa de su cónyuge, y que la razón debe proporcionarse en tiempo y forma”, explicó en esa ocasión el sitio Think Immigration.

Agregó que, en el caso de que el gobierno no apelara el fallo, pondría fin al hermetismo que rodeaba este tipo de casos y conocer todos los detalles tomados en cuenta por el consulado estadounidense en El Salvador para negar a Asencio Cordero la visa de inmigrante y que pudiera regresar a Estados Unidos para recibir la residencia legal permanente por matrimonio.

Cuando una embajada o consulado de Estados Unidos niega una solicitud de visa, los funcionarios no están obligados a dar una explicación detallada respecto a la decisión. “En la mayoría de los casos no hay razón por la cual se niega el trámite, no dan explicaciones”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.

Esperan un fallo favorable

El NIJC dijo estar orgulloso “de representar a Sandra Muñoz y Luis Asencio Cordero mientras buscan la oportunidad de responder a la denegación errónea de la visa de Luis”.

“El derecho al debido proceso es fundamental para nuestro sistema legal, y tenemos la esperanza de que la Corte Suprema lo reconozca en este caso”, señaló Keren Zwick, directora de litigios del Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes.

“Tenemos la esperanza de que la Corte no socave el derecho fundamental al matrimonio en este caso y dé a nuestros clientes la oportunidad de refutar el error cometido por el consulado cuando le negó a Luis una visa para reunirse con su esposa en los Estados Unidos”, agregó.

En marzo, un mes antes de la audiencia convocada por la Corte Suprema, docenas de personas y organizaciones, incluidos miembros del Congreso, exfuncionarios consulares y de inmigración, la Asociación de Abogados de Estados Unidos (AILA), profesores de derecho, defensores y grupos religiosos presentaron escritos amicus curiae ante la Corte en apoyo de la Muñoz.

Una vez obtenida la green card, los cónyuges de ciudadanos deben esterar tres años para calificar y solicitar la ciudadanía por naturalización por medio del formulario N-400.

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